Discriminación a envejecientes

Es un anuncio positivo que la Junta Monetaria, del Banco Central de la República Dominicana, libere 35 mil millones de pesos dirigidos a los bancos comerciales, para que otorguen préstamos destinados a la construcción de viviendas económicas y a una baja tasa de interés.

Se trata de una partida correspondiente al encaje legal, que no es más que un porcentaje que la banca deposita por ley en ese órgano regulador del sistema financiero y monetario.

La medida está encaminada a bajar la tasa de interés en sentido general, lo que contribuye a dinamizar todas las operaciones económicas. Y los préstamos para la construcción de viviendas motorizan a ese importante sector, al incrementarse la venta de materiales y emplear mayor números de mano de obra. De igual manera, las viviendas concluidas contribuyen a reducir el déficit habitacional, y por vía de consecuencia, los niveles de pobreza social del país.

El anuncio del Banco Central se produce días después de que el Consejo Nacional de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME) avise sobre su ampliación de su cartera de crédito, la cual se coloca en los 9,442.2 millones de pesos, ofreciendo una mayor oportunidad a los dominicanos emprendedores que desean levantar negocios propios.

Ambos anuncios merecen el saludo de los dominicanos, pero hay que observar que no todos los ciudadanos cumplen con los requisitos para recibir préstamos bancarios, debido a que las entidades financieras no se exponen a riesgos. Aquellos que optan por un crédito tienen que garantizar el pago, exhibiendo cierta solvencia económica, un buen garante o ambos requerimientos a la vez. Inclusive dando satisfacción a esas exigencias, los bancos ponen al cliente a pagar un seguro. Es decir, su dinero no corre peligro.

Sin embargo, hay discriminación contra aquellos dominicanos de 60 años en adelante, sin en el aval de la Superintendencia de Bancos, la cual recomienda la evaluación del cliente, para establecer posibles riesgos, pero en ninguna parte habla de la edad de las personas. La propia Constitución de la República, en su Art. 39, define el derecho a la igualdad y uno de los aspectos que precisa es que nadie puede ser discriminado por su edad.

Todo indica que cada banco tiene su propia política para la otorgación de préstamos. En cualquier país del mundo es lógico que el avance de edad es un riesgo, pero ese aspecto se compensa con un garante, el cual, de todas maneras, es tan responsable como el propio beneficiario del crédito, razón por la cual muchos se niegan a ofrecer ese servicio. En ocasiones, los garantes, por hacer un favor, buscan un problema.

De todas maneras, los bancos tienen que apelar a una alternativa legal y no discriminatoria contra las personas de mayor edad, las cuales, además de la Constitución, están protegidas por la Ley 352-98, del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (Conape), así como por la Ley 358-05, de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), una dependencia de la Superintendencia de Bancos.

En un país donde las instituciones de los sectores público y privado no otorgan empleo a personas que pasan de 50 años, no se les puede cerrar el único camino que le queda, como es el de poner su propio negocio. Es un aspecto sobre el cual no hay que legislar, porque las leyes están ahí y solo hay que respetarlas. Todo el envejeciente que crea que su derecho ha sido vulnerado, simplemente debía apelar a los organismos que les protegen.

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Fuente:

relampagoinformativo.net

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