Sentencia de TC cambia panorama y ofrece brecha al fenómeno político

La sentencia TC/0788/24, que declaró nulos los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, de Régimen Electoral, ha ocasionado un enorme revuelo en la clase política nacional por el daño ocasionado a los partidos, obligando a nuevas normas jurídicas electorales, las cuales tienen que estar sujetas a los preceptos de la carta magna, sobre todo a su numeral 1) del Art. 22, que trata sobre los derechos de ciudadanía y de forma específica reza: “Elegir y ser elegibles para los cargos que establece la presente Constitución”.

Ese derecho ciudadano se viola en las organizaciones políticas desde hace muchos años, inclusive en los últimos eventos comiciales las agrupaciones se valían de encuestas para la escogencia de candidaturas a puestos de elección popular, un recurso legal, pero que de forma evidente se presta a manipulaciones para vulnerar prerrogativas legítimas de aspirantes y abrir espacios a la venta de candidaturas a dueños de bancas de lotería y a individuos del bajo del mundo inclusive.

Los partidos políticos han expresado su disposición de unidad para enfrentar la referida sentencia, pero las decisiones de esa alta corte son inapelables. Se cree que las entidades partidarias podrían llevar el caso al Congreso Nacional, dado que el Poder Legislativo es el principal del Estado y está en capacidad de realizar juicios a miembros de las demás instancias estatales. Sin embargo, un juicio procede cuando hay conductas incorrectas desde el punto de vista ético, que para nada es el caso del Tribunal Constitucional.

El que lee esa sentencia del TC podrá confirmar que esa corte se limita a los artículos 156 y 157. Sin embargo, anular esos artículos es dañar el negocio que tienen las entidades partidarias, porque el presupuesto que reciben habría que distribuirlo de otra manera en lo adelante, el método D’Hondt, abusivo, injusto e inconstitucional, queda eliminado automáticamente y la Ley de Partido también desaparece o por lo menos amerita un replanteamiento.

Es evidente que las organizaciones que resultan más afectadas son el PRM, la Fuerza del Pueblo y el PLD, conforme a los porcentajes obtenidos en la contienda comicial de mayo 19 del presente año. No obstante, todas las demás entidades también se perjudican, pues reciben una mensualidad del Estado, a través de la Junta Central Electoral. Un beneficio adicional que tienen los partidos chiquitos consiste en hacer alianza con uno mayoritario en época electoral, lo que representa una cuota del pastel del Estado en el hipotético caso de ganar el certamen. Regularmente se les otorga uno o más cargos.

Con esa sentencia a la clase política nacional se le ha dado un golpe. Un golpe tan fuerte que podría significar el principio del fin de la partidocracia dominicana, porque en lo adelante cualquier ciudadano que goce de sus derechos civiles puede postularse para un cargo de elección popular, indistintamente de su raza, clase social o creencia de cualquier índole. Para el 2028 podría optar un número de persona ilimitado para cada puesto y es altísima la posibilidad del surgimiento de nuevos líderes a todos los niveles y en todos los lugares del país.

Es más: el escenario del 28 es idóneo para el nacimiento de un fenómeno político, que no es más que una persona que se dedica a otra actividad e incursiona en la política, recibiendo considerable apoyo popular, por su empatía, vocación de servicio, carisma y discurso con propuestas de solución a problemas sociales y económicos.

En el año 1990 se presentó como candidato presidencial en el Perú un rector universitario. Se trata de Albeto Fujimori, quien hizo su campaña en un camión, mostró humildad y formación técnica para enfrentar la maltrecha economía de esa nación, encontrando rápidamente respaldo de la población, al punto que logró ganar ampliamente las elecciones, en una segunda ronda disputada con el intelectual Mario Vargas Llosa.

Otro caso de fenómeno político se vivió en Venezuela, con el coronel Hugo Chávez Frías, quien abandonó los cuarteles para intentar derrocar al presidente Carlos Andrés Pérez, en medio de una inflación de todos los productos y servicios, después del gobierno haber firmado con el Fondo Monetario Internacional. Aunque Chávez fue hecho preso, su popularidad se elevó y al salir de la cárcel ganó las elecciones celebradas el 6 de diciembre de 1998 con un porcentaje muy alto.

El caso más reciente de fenómeno político, en la región, ocurrió con Javier Milei, un economista argentino que ganó la presidencia de ese país el 19 de noviembre de 2023. Se pasó la campaña entera insultando a la clase política de esa nación, al empresariado, los sindicatos y demás sectores influyentes, los que calificó como la “casta”. Dada la crisis económica de ese país y el descrédito del liderazgo político, este sujeto se alzó con la victoria.

En un país, como República Dominicana, que el promedio de votación, en certámenes nacionales, siempre fue de un 70%, llama la atención la manera con que ha ido bajando, al punto que el 19 de mayo pasado apenas acudió a las urnas el 54.37%, pese a que hubo repartición de prebendas y los partidos llevaron a su gente a sufragar. Es decir, si no se traslada votantes a los centros de votación, el porcentaje pudo ser vergonzoso.

El grave error de las organizaciones políticas es el abandonar ideologías y principios éticos y pretender resolver todo a base de dinero, lo que los lleva a contraer compromisos con sectores empresariales (En ocasiones con individuos del bajo mundo) que después, desde el poder, hay que multiplicarles sus inversiones de campaña.

El daño está hecho. Y ahora con esta sentencia del TC se produce una recomposición electoral en el sentido más amplio de la palabra.

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Fuente:

relampagoinformativo.net

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