Defensa Pública aboga por indultos a presos con enfermedades terminales
El Director de la Oficina Nacional de Defensa Pública, Rodolfo Valentín, entiende que se le debe conceder indultos humanitarios para los privados de libertad padecen enfermedades graves, cuyos delitos no han sido de carácter muy grave, pero que han mostrado un comportamiento ejemplar durante su tiempo en prisión.
Aclaró que el indulto es una gracia que otorga el Ejecutivo a las personas privadas de libertad o que estén parcialmente cumpliendo una condena.
Aseguró que las tres fechas establecidas por la Carta Magna para conceder esta gracia siempre serán propicias para su implementación. Sin embargo, destacó que, para otorgar indultos humanitarios, es fundamental realizar un filtro riguroso de los beneficiarios, priorizando a aquellos que realmente lo necesiten y evitando que este proceso se vea afectado por coyunturas políticas o delitos graves. Además, enfatizó que deben ser consideradas aquellas personas que padecen enfermedades terminales, comprobadas por una junta del Ministerio de Salud Pública.
Resaltó que existen numerosos enfermos cuya conducta en prisión ha sido ejemplar, y cuyas faltas no fueron graves. «Estos individuos merecen una oportunidad para descansar en paz, fuera de las condiciones de hacinamiento carcelario», subrayó.
Asimismo, el funcionario propuso que, mientras se crea la ley que regule los indultos humanitarios, el presidente de la República podría, por decreto, conformar una comisión de solvencia moral encargada de recomendar a los posibles beneficiarios de este tipo de indulto. Aseguró que, aunque se confeccionara dicho listado, el Ejecutivo tendría la facultad de excluir a quienes no considere aptos para recibir el indulto en las fechas previstas, sin que ello genere consecuencias legales, en virtud de la facultad discrecional del Ejecutivo.
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Valentín también destacó que la implementación de indultos humanitarios contribuiría significativamente a la reducción del hacinamiento carcelario y permitiría a muchas personas enfermas vivir sus últimos días con dignidad. De igual forma, señaló que la figura del Juez de Ejecución de la Pena, que existe en otros sistemas judiciales, no sustituye la facultad del Ejecutivo para otorgar esta gracia en fechas conmemorativas, ya que la reforma constitucional de 2024 ha mantenido vigente esta facultad presidencial.
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https://hoy.com.do
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